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BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS A DEPORTISTAS DESTACADOS EN PEDRO MUÑOZ DURANTE EL AÑO 2013

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La Junta de Gobierno Local en Sesión Ordinaria celebrada con fecha 11 de julio de 2014 ha aprobado las Bases para la Concesión de Becas a Deportistas destacados durante el año 2013.

El Plazo de presentación de solicitudes es hasta el día 14 de agosto de 2014.

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1ª. OBJETO DE LAS AYUDAS.

La presente convocatoria pretende favorecer la práctica deportiva a través de una beca económica aquellos deportistas de la localidad destacados que, como consecuencia de tal práctica hayan soportado gastos.

2ª. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.

El importe total de las ayudas se imputará a la aplicación presupuestaria 341.48000, denominada BECAS A DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO del Presupuesto del Patronato Municipal de Deportes del año 2014.

3ª. BENEFICIARIOS.

Para ser beneficiario de estas ayudas, los solicitantes deberán cumplir, a fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Estar empadronado en Pedro Muñoz con anterioridad a la consecución de los logros deportivos alegados para la solicitud de la ayuda.

b) Las categorías deportivas beneficiarias de estas ayudas serán: Alevín, infantil, cadete, juvenil, promesa, sub-23, élites, absoluta y veterano de carácter federado.

c) Ser un deportista destacado. A estos efectos, tienen la consideración de deportistas destacados aquellos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
• Haber sido deportista internacional participando con su Selección Nacional en competiciones oficiales, o haber representado a España en competiciones internacionales.
• Haber participado en Campeonatos de España clasificándose entre los diez primeros puestos o figurar entre los 25 primeros del ranking nacional.
• Haber participado con su Selección Autonómica o Provincial en competiciones oficiales.
• Haber destacado en Campeonatos Regionales de carácter oficial, clasificándose entre los tres primeros puestos.

d) Haber conseguido los méritos durante el ejercicio 2013, bien sea fruto de la temporada 2012/2013 y/o temporada 2013/2014 hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

e) Tener licencia federativa expedida por la Real Federación Española o de su demarcación territorial de la modalidad deportiva que se solicita, en vigor para el año o temporada objeto de esta convocatoria.

f) Las federaciones a las que pertenezcan los miembros que soliciten beca tienen que estar autorizadas por el Consejo Superior de Deportes.

g) No haber percibido ningún tipo de beca deportiva en la temporada.

4ª. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

a) Las solicitudes se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento de Pedro Muñoz o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de de la Ley 30/92.

b) Las solicitudes se formalizarán según modelo que figura como Anexo I.

c) El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el día 14 de agosto de 2014.

5ª. DOCUMENTACIÓN A APORTAR.

Junto a la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentada, deberá acompañarse necesariamente, en original o copia compulsada, la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b) Licencia federativa o certificación válida de la Federación correspondiente (provincial, regional, nacional o internacional).
c) Declaración jurada del solicitante o, en su caso, de los representantes legales de los menores, de ser ciertos los datos consignados en los respectivos documentos.
d) El tramitador de la ayuda comprobará los datos del padrón correspondientes al solicitante.

La ocultación o falsedad de datos personales, deportivos, económicos, familiares o de otra índole, que pudieran ser de validez para el estudio y concesión de las presentes ayudas, llevará consigo la anulación de su solicitud, la devolución del dinero ingresado, en su caso, y la imposibilidad de poder optar a estas ayudas u otras similares durante un periodo de 5 años.

En el caso de que varios deportistas que soliciten ayuda formen parte del mismo equipo, sus solicitudes serán consideradas como una sola.

6ª. PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DE AYUDAS.

La Comisión Permanente del Patronato será la encargada del estudio, revisión de los méritos deportivos aportados por los solicitantes y de la asignación de los distintos baremos.

Una vez revisadas las solicitudes, el Concejal de Deportes elevará la propuesta a la Junta de Gobierno Local para su aprobación.
En caso de solicitudes no contempladas en las presentes Bases, la Comisión Permanente podrá estudiarlas individualmente.

7ª. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Se aplicarán los baremos que determine la Comisión que se establecerá al efecto.

Cada deportista beneficiario/a percibirá una beca equivalente al número de puntos obtenidos, según los criterios de valoración establecidos, multiplicado por el valor de cada punto que se calculará con la siguiente fórmula:

El valor de un punto (en euros) será igual al presupuesto aprobado para la presente convocatoria/sumatorio de puntos obtenidos por todos los deportistas beneficiarios.

Se aplicará el baremo máximo, sin ser acumulativos dentro del mismo deporte, es decir, la ayuda se aplicará al mérito máximo conseguido y solamente una solicitud por deportista y deporte.

Ningún deportista destacado podrá recibir como ayuda más del 20 por 100 de la cantidad total destinada a ayudas en la presente convocatoria.

La Comisión a la que hace referencia la base sexta podrá diferenciar entre deportistas destacados, y deportistas de élite pudiendo asignar a este último grupo una parte del importe total a repartir.

Se considerarán Competiciones Oficiales:

• de Carácter Internacional: Campeonato del Mundo, Campeonato de Europa y cualquier otro de ese carácter convocado por Federaciones Nacionales.
• de Carácter Nacional: Campeonato de España. Campeonato de Liga. Copa del Rey o de la Reina.
• de Carácter Regional: Campeonatos o Ligas Regionales convocadas por las Federaciones correspondientes u organismos competentes en esta materia.
• de Carácter Provincial: Campeonatos o Ligas Regionales convocadas por las Federaciones correspondientes u organismos competentes en esta materia.

Competiciones No Oficiales: el resto.

En caso de que una competición no denominada como las anteriormente mencionadas tuviera, por su Federación, tal consideración, será tenida en cuenta como tal.

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