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BASES PARA LA SELECCIÓN DE LOS ALUMNOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL «REHABILITACIÓN DE ESPACIOS CEMENTERIO MUNICIPAL»

por Serv. Informáticos

 

ANUNCIO CONTRATACION DE 8 ALUMNOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA PARA RECUALIFICACIÓN Y EL RECICLAJE PROFESIONAL denominado REHABILITACIÓN DE ESPACIOS CEMENTERIO MUNICIPAL, 8 de marzo de 2019pdf icon

Anuncio Comisión de Selección personal técnico, formador y de apoyo programa de Recualificación, 28 de febrero de 2019pdf icon

RECTIFICACIÓN ERROR MATERIAL LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN
Y EL RECICLAJE PROFESIONAL, decreto 2019/148, 21 de febrero de 2019pdf icon

RECTIFICACIÓN ERROR MATERIAL LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN
Y EL RECICLAJE PROFESIONAL, decreto 2019/138, 19 de febrero de 2019pdf icon

LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN Y EL RECICLAJE PROFESIONAL, decreto 2019/136, 18 de febrero de 2019pdf icon

DECRETO 2019/84pdf icon

Vista la Resolución de 28 diciembre de 2018, del Director Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Ciudad Real, por la que se resuelve la concesión de subvención a favor del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, VENGO A RESOLVER:

PRIMERO.- Aprobar las BASES AL OBJETO DE ESTABLECER LOS CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LOS ALUMNOS TRABAJADORES DEL PROGRAMA PARA LA RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONALREHABILITACIÓN DE ESPACIOS CEMENTERIO MUNICIPAL” PROMOVIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ, SEGÚN ESTABLECE LA ORDEN 16/2018, DE 12 DE NOVIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO, POR LAS QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS PARA LA RECUALIFICACIÓN Y EL RECICLAJE PROFESIONAL, del siguiente literal:

1.- OBJETO DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de las presente convocatoria es dar trámite y publicidad a la Resolución de 28 de diciembre de 2018, del Director Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Ciudad Real, por la que se resuelve la concesión de subvención a favor del Ayuntamiento de Pedro Muñoz. Como entidad promotora, debe desarrollar el Programa para la Recualificación y Reciclaje Profesional “Rehabilitación de Espacios Cementerio Municipal”, designando a la Comisión de Selección de Personal de Planes de Empleo de este Ayuntamiento, como competente para este proceso selectivo, en su composición aprobada por Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 6 de noviembre de 2018.

2.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS PUESTOS.

Los puestos a cubrir se corresponden con los alumnos-trabajadores que han de participar en el Programa para la Recualificación y Reciclaje profesional, destinado a la formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional, a través de la formalización de un contrato para la formación y el aprendizaje.

Las retribuciones serán de 900,00 € brutos / mes, conforme al Real Decreto 1462/2018, de 21 de dic
iembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.

3.- PUESTOS OFERTADOS.

Especialidad: (EOCB0109) Denominación: OPERACIONES AUXILIARES DE REVESTIMIENTOS CONTINUOS EN CONSTRUCCIÓN, NIVEL – 1

Puestos: 8

Jornada laboral: 40 horas semanales.

Horario: A determinar según el desarrollo del Programa.

De conformidad con el artículo 30.2 de la Orden 15/11/2012, de la Consejería de Empleo y Economía, la Consejería se reserva la facultad de destinar hasta un 20% del total de las puestos del alumnado para aquellos candidatos que procedan de procesos de orientación o cualificación profesional, que pertenezcan a colectivos específicos o por cualquier otra circunstancia que justifique su incorporación al proyecto, así como de los criterios de prioridad previstos en su artículo 28.

La Comisión de Selección baremará y evaluará las solicitudes de los candidatos con arreglo a los méritos establecidos en el Anexo I.

4.- REQUISITOS PARA CONCURRIR.

Para ser admitido en el proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Poseer la nacionalidad española. Para ciudadanos extranjeros haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

  1. Tener cumplidos 25 años de edad.

  1. Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo correspondiente, como demandante de empleo no ocupado.

  1. Cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación y aprendizaje.

  1. No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

  1. En caso de ser extranjero no perteneciente a ninguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea, se deberá tener permiso de trabajo para la ocupación correspondiente con una duración mínima superior a la del proyecto a realizar.

Los expresados requisitos de participación deberán poseerse el día final del plazo de presentación de solicitudes, a la fecha de la valoración de las solicitudes y mantenerse a la fecha de inicio del proyecto al que en su caso, se incorpore cada aspirante.

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases de la misma.

5.- PUBLICIDAD

La convocatoria del proceso selectivo así como un anuncio de sus bases, se hará pública en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica y página web del Excmo. Ayuntamiento de Pedro Muñoz, www.pedro-munoz.es.

El resto de los actos derivados del presente proceso de selección serán publicados en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Pedro Muñoz www.pedro-munoz.es.

6.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar y aportar, con carácter obligatorio, los anexos y documentación exigida en el apartado 7 de las siguientes bases.

Serán los únicos modelos válidos para solicitar la participación en el proceso selectivo, se facilita en el Ayuntamiento de Pedro Muñoz. o descargarse a través de su página web, www.pedro-munoz.es/tu-pueblo/empleo-y-desarrollo/empleo-publico-local y deberá ser entregado preferentemente en el mismo, en horario de oficina, debidamente cumplimentado, y durante el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en Tablón de Edictos y web municipal. También podrán presentarse en cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que las solicitudes no haya sido presentadas en el registro del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, se deberá remitir obligatoriamente, dentro del plazo de presentación, copia del Anexo II debidamente registrada al correo electrónico: formacion@pedro-munoz.com, al igual que las solicitudes que se presenten en las Oficinas de Correos, que deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Quedarán excluidas aquellas solicitudes que, no habiendo remitido la referida copia, en el momento de la baremación no se encontrasen en poder de la Comisión.

7- DOCUMENTACIÓN.

Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán presentar los siguientes documentos:

Anexo I, Autobaremación.

Solicitud Anexo II.

– Vidal laboral actualizada.

– Tarjeta demandante de empleo.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente a los efectos de esta Convocatoria. Para los extranjeros no pertenecientes a ninguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea: documentación acreditativa de residencia en España y copia del permiso de Trabajo para la ocupación correspondiente con una duración mínima superior a la del Programa de Recualificación y Reciclaje Profesional.

– Tarjeta de discapacitado. Los aspirantes que tengan reconocida la condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%, deberán presentar un Certificado expedido por el órgano competente, o por el organismo de la Comunidad Autónoma correspondiente, reconociéndole tal discapacidad, así como certificado de compatibilidad con el puesto de trabajo a desarrollar emitido por la entidad competente en la materia para la formalización de contrato laboral. En caso de que el aspirante sea seleccionado, el certificado de compatibilidad deberá presentarse obligatoriamente como máximo a la fecha de finalización del plazo de alegaciones a la baremación provisional, de no presentarse dicho certificado se entenderá automáticamente excluido del proceso selectivo.

– En el caso de pertenecer al colectivo de mujeres víctimas de violencia de género, deberán presentar la sentencia condenatoria o resolución judicial vigente de medidas cautelares o Informe del Ministerio Fiscal, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del RD 1917/2008, de 21 de noviembre, por la que se aprueba el programa de inserción sociolaboral para mujeres víctimas violencia de género.

– Otros que sean considerados de interés por el aspirante, para su valoración.

La documentación se acreditará mediante fotocopias y en el caso de ser seleccionado, se deberá presentar la documentación original que acredite los méritos alegados antes de la formalización del contrato de trabajo. Cualquier alteración o no aportación de dicha documentación original dará lugar a la exclusión de la contratación, sin perjuicio del inicio de las acciones administrativas o judiciales que procedan.

Aquellos aspirantes que no acompañen junto a la solicitud la totalidad de la documentación exigida en la convocatoria serán excluidos del proceso de selección.

No se valorarán aquellos requisitos o méritos que, a juicio de la Comisión, no estén suficientemente acreditados.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, no podrán ser aportados documentos que avalen nuevos méritos no declarados inicialmente, no teniéndose en cuenta, en ningún caso, aquellos méritos que, a juicio de la Comisión, no haya sido suficientemente acreditados antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

8.-ADMISIÓN DE CANDIDATOS.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes la Alcaldía-Presidencia dictará resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos, que será expuesta en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento.

Se establece un plazo de 3 días hábiles para subsanar los motivos de exclusión. En caso de no formularse reclamación, la lista provisional se elevará a definitiva.

Las reclamaciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pedro Muñoz o en las otras formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo obligatoriamente a la Comisión, adjuntando copia del escrito de subsanación, así como la relación de documentos aportados al correo electrónico formacion@pedro-munoz.com.

Quienes no aporten la documentación exigida en el apartado 7, y no subsanen en el plazo indicado en l
a lista provisional, así como aquellos que no cumplan lo establecido en los puntos 4 y 6 de esta convocatoria, quedarán excluidos del procedimiento.

Asimismo, quedarán excluidas aquellas personas que presenten solicitud de participación y estén en posesión del Certificado de Profesionalidad o de la cualificación académica oficial o cualificación profesional en la especialidad a impartir en el Programa objeto de las presentes bases.

9.- VALORACIÓN DE SOLICITUDES.

Los criterios de valoración de la presente convocatoria serán los determinados en el Anexo I de estas bases con los puntos indicados en la misma.

La Comisión de Selección comprobará las autobaremaciones y evaluará las solicitudes presentadas por los candidatos que estén interesados en la convocatoria pública y en la oferta genérica presentada por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, de acuerdo con los criterios fijados en la confección de la convocatoria, según la baremación establecida en el Anexo I de las presentes bases.

La Comisión recabará toda la documentación acreditativa que estimen oportuna para la constatación de los méritos o aptitudes necesarias. En su caso, se requerirán los oportunos certificados o informes de las Administraciones Públicas competentes para comprobar la pertenencia a estos colectivos prioritarios.

Como criterio de desempate, a igual puntuación, primará el de mayor edad; y en segundo lugar, el de mayor antigüedad en la fecha de inscripción en la Oficina de Empleo y Emprendedores. En el caso de persistir el empate, se procederá a un sorteo público.

En el caso que los candidatos no se ajustasen al perfil solicitado en todos o en alguno de los puestos convocados, se procederá a una nueva convocatoria.

10.- RELACIÓN DE CANDIDATOS.

Finalizada la valoración de las solicitudes por la Comisión de Selección, se publicarán las puntuaciones provisionales otorgadas a cada uno de los aspirantes, disponiendo de un plazo de tres días hábiles para presentar reclamaciones.

Las reclamaciones deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pedro Muñoz o en las otras formas que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo obligatoriamente a la Comisión al correo electrónico formacion@pedro-munoz.com.

De conformidad con lo establecido en el artículo 28, apartado 4, de la Orden de 15 de noviembre del 2012, de la Consejería de Empleo y Economía por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo, las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar derivadas de los procesos de selección serán resueltas por la Comisión, sin que quepa ulterior recurso en vía administrativa.

Las reclamaciones o incidencias que pudieran presentarse no interrumpirán el proceso selectivo.

Los aspirantes seleccionados que tengan reconocida la condición legal de persona con discapacidad en grado igual o superior al 33%, deberán haber presentado obligatoriamente, a la fecha de finalización del plazo de alegaciones a la baremación provisional, la acreditación de ésta condición, así así como certificado de compatibilidad con el puesto de trabajo a desarrollar emitidos por la entidad competente, imprescindible para la formalización del contrato laboral.

No obstante, los aspirantes que no hayan sido seleccionados, quedarán en reserva, según orden de calificación definitiva, en provisión de posibles contingencias, vacantes, bajas, etc, teniendo efectividad hasta la terminación del proyecto.

En el caso de no presentase un candidato seleccionado sin causa justificada, o bien en los casos de renuncia o desistimiento, el ente promotor podrá contratar al siguiente seleccionado por orden de puntuación, siendo eliminado del proceso selectivo.

En el caso de no producirse reclamaciones la Baremación se elevará a definitiva, dictándose resolución por la Alcaldía-Presidencia.

11.- RECURSOS CONTRA LAS BASES

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de estas bases, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

SEGUNDO.- Publicar las bases en el Tablón de Edictos y página web municipal.

ANEXO Ipdf icon

Baremo para la selección de alumnos-tr
abajadores de T. E.

COLECTIVO

PUNTOS

AUTOBAREMO

     

Mujeres

2 puntos

 

Discapacitados en grado igual o superior al 33% que no impidan el desarrollo de la actividad

1 puntos

 

Prioridad

De 25 a 30 años: 1 punto

De 31 a 45 años: 2 puntos

De 46 a 55 años: 5 puntos

 

Desempleados no ocupados inscritos en Oficina de Empleo con anterioridad a la presente convocatoria pública.

Parados de larga duración (12 o más meses): 4 puntos.

Parados menos de 12 meses 1 punto.

 

No percibir prestación o subsidio por desempleo o cualquier otra ayuda que de cobertura a la situación por desempleo

3 puntos

 

Trabajadores sin ningún tipo de cualificación académica o profesional

3 puntos

 

TOTAL AUTOBAREMO

 

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Que la presente autobaremación es fiel reflejo de la correspondencia entre los documentos aportados y la puntuación establecida.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmo la presente declaración

.…………………………… a, ….. de …. ………………. de 2019

Fdo.- …………………………………………………N.I.F/NIE………………………

ANEXO IIpdf icon

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN DE ALUMNOS/AS–TRABAJADORES/AS PARA EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL “REHABILITACIÓN DE ESPACIOS CEMENTERIO MUNICIPAL”, PROMOVIDO POR EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ.

DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE

APELLIDOS:

NOMBRE:

Edad:

Fecha de nacimiento:

D.N.I.:

Domicilio:

Localidad:

Código Postal:

Teléfono:

Email:

DECLARO que reúno los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, por lo que,

SOLICITO: Participar como alumno trabajador del proyecto de referencia, a cuyos efectos acompaño la siguiente documentación:

Anexo I, Autobaremación.

Vidal laboral actualizada.

Tarjeta demandante de empleo.

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente a los efectos de esta Convocatoria. Para los extranjeros no pertenecientes a ninguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea: documentación acreditativa de residencia en España y copia del permiso de Trabajo para la ocupación correspondiente con una duración mínima superior a la del Programa de Recualificación y Reciclaje Profesional.

Tarjeta de discapacitado, en su caso.

Acreditación víctimas de violencia de género, en su caso.

AUTORIZO al Ayuntamiento de Pedro Muñoz a incluirme en una base de datos con la finalidad de remitirme información municipal, promoción económica, divulgativa, cultural y formación para el empleo.

AUTORIZO expresamente a que el Ayuntamiento de Pedro Muñoz consulte, para incorporar a los expedientes de selección, los datos del Servicio Público de Empleo respecto a prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados del solicitante.

En el caso de NO AUTORIZAR expresamente la consulta de los datos del párrafo anterior, la persona solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

– CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que la persona solicitante y de que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que conviven con ella, mayores de 16 años de edad, no cobran prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados.

En ……………….., a ….. de …………………… de 2019.

Fdo.:…………………………………………….

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ

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