DECRETO
De conformidad con las atribuciones que me confiere el art. 21 de la Ley de Bases de Régimen Local sobre facultades para presidir y convocar sesiones. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre Reglamento de Organización y funcionamiento y 49 del Real Decreto 781/1986 de 18 de abril Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigente.
Dado el carácter excepcional de la sesión de Constitución del Ayuntamiento en la que tradicionalmente hay una gran afluencia de público, lo que motiva la conveniencia de celebrar la sesión en una sala con espacio suficiente para acoger a los asistentes, dimensiones de las que carece el Salón de sesiones plenarias de la Casa Consistorial; y dado que la Sala del Centro Cívico y Cultural cuenta con las características idóneas, además de encontrarse mejor adaptada para que pueda ejercer sus funciones la presidenta de la mesa.
VENGO A RESOLVER:
Se convoque sesión Constitutiva del Ayuntamiento de Pedro Muñoz para celebrar el sábado día 13 de junio de 2015 a las 12:00 horas en la Sala de Conferencias del Centro Cívico y Cultural, sita en la Plaza de España, s/n.
Notifíquese a los miembros de la Corporación y Funcionarios asistentes.
Lo manda y firma el Alcalde-Presidente en Pedro Muñoz, a 10 de Junio de 2015, de lo que como Secretario doy fe.
Ante mí,
El Secretario, El Alcalde,
Fdo.: Jesús Antonio Martín Martín. Fdo.: José Juan Fernández Zarco.