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Dentro del programa “GARANTIA + 55 AÑOS” se realizarán 1 contratos como TECNICO a jornada completa, 35 horas semanales con una duración de SEIS MESES

por Serv. Informáticos

DECRETO DE ALCALDIA 0844/2016pdf icon

D. José Juan Fernández Zarco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, en base a las potestades que me otorga la legislación en vigor, en materia de régimen local, mediante el presente y vista la adjudicación efectuada a favor de este ayuntamiento para la contratación de un técnico a jornada completa, es por cuanto vengo a  ANUNCIAR PARA PÚBLICO Y GENERAL CONOCIMIENTO:

1º.- Encuadrado dentro del programa “GARANTIA + 55 AÑOS” En el marco del plan extraordinario para el empleo concedido por resolución la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Ciudad Real.

2º.- En esta se realizarán 1 contratos como TECNICO a jornada completa, 35 horas semanales con una duración de SEIS MESES (con excepción de los contratos que se puedan generar por sustitución de trabajadores contratados) que coordinará los trabajadores adscritos a los dos proyectos concedidos , que computará a todos los efectos para la exclusión aplicada en la mayoría de los planes de empleo de doce meses sin poder ser seleccionado para otros planes a excepción que faltasen candidatos, cumpliéndose las condiciones y prioridades exigidas en la convocatoria realizada y en base al Real Decreto que rige ese Plan de Empleo.

Los Seleccionados serán contratados con este ayuntamiento de entre los desempleados solicitantes
presentados, que estando inscritos en la oficina pública de empleo presenten solicitud en el Registro
General de este Ayuntamiento desde el lunes 31 de octubre al lunes 7 de noviembre de 2016, ambos inclusive, y resulten seleccionados, estableciéndose con el resto una Bolsa de Trabajo.

Entre los solicitantes pueden concurrir trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 por
Ciento, aportando copia de la resolución donde se estableció su discapacidad, siempre y cuando
cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria y su discapacidad no les impida el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo ofertados.

4º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para poder ser seleccionados como participantes dentro del Plan, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha en la cual se proceda a la selección y haber presentado toda la documentación exigida dentro del plazo de presentación de instancias:

a) Estar en posesión de una titulación superior como Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Delineante o Jefe de obra con estudios superiores o cualquiera similar a las anteriores.

b) Ser español/a, o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, en los
términos previstos en el Art. 57 de la ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Así mismo, los extranjeros residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos
convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales
para su contratación.

c) Ser mayor de 16 años.

d) No haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo.

f) No haber sido separado/a mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones
públicas por sentencia firme.

g) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.

h) Encontrarse inscritos en la Oficina del Servicio Público de Empleo con plena disponibilidad, adecuándose la selección a la estructura de la demanda de empleo que presenta el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, debiéndose acreditar este requisito hasta el momento mismo de la contratación.

5º.- EXCLUSIONES:

a) Las personas mayores de 65 años y las menores de 16.

b) Solicitantes en cuya unidad familiar o domicilio de convivencia, ya este contratado un miembro en planes de empleo que se desarrollen coincidiendo en el tiempo, en todo o parte, con cualquier plan que se desarrolle por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.

c) Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido documentación a aportar y/o falseado su declaraciones sobre percepción de ingresos o situaciones personales, que de haberse aportado o no haberse presentado sin falsear no le hubieran concedido ventajas sobre el resto de solicitantes, , estableciéndose las medidas precisas por parte de esta corporación a efectos de depurar las posibles responsabilidades.

d) Aquellos desempleados que no hayan transcurrido 12 meses de la finalización de su contrato en otro plan de empleo, a menos, que faltasen candidatos para las contrataciones a formalizar.

e) Aquellos solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa y que no presenten dentro de plazo de la convocatoria los certificados de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.

6º.- BAREMO DE PUNTUACIÓN:

a) TIEMPO SIN SER CONTRATADO POR EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ:
TIEMPO SIN SER CONTRATADO PUNTUACIÓN

Desde 1 año hasta dos años 1 punto
De dos años y un día a tres años 2 puntos
Más de TRES AÑOS 4 puntos

RENTA PER CÁPITA DE LA UNIDAD FAMILIAR:
SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN
Ingresos cero 5 puntos
De 401 a 640 2 punto
Más de 640 euros 0 puntos

c) POR RESIDENCIA:
RESIDENCIA: PUNTUACIÓN

En esta localidad, en vivienda propia, arrendada o pacíficamente cedida por su propietario, más de 12 meses 7 puntos
Otras situaciones de residencia 1 punto.

d) OTRAS SITUACIONES DEL SOLICITANTE: SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN

Experiencia demostrable con nominas y contratos en manejo de coordinación de equipos de personal:
De 1 a 3 años, 2 puntos
Mas de 3 años, 4 puntos
Discapacitados sin prestaciones 1 punto
No ser beneficiario de prestaciones por desempleo 7 puntos
Por cada miembro a cargo de la unidad familiar 7 puntos

POR HIPOTECA DEL DOMICILIO HABITUAL, alquiler o recibo de la Contribución. 4 PUNTOS

POR RECIBO DE LUZ DEL DOMICILIO HABITUAL A NOMBRE DELSOLICITANTE O MIEMBRO UNIDAD FAMILIAR DE CONVIVENCIA 1 PUNTO

POR RECIBO DE AGUA DEL DOMICILIO HABITUAL A NOMBRE DEL SOLICITANTE O MIEMBRO UNIDAD FAMILIAR DE CONVIVENCIA 1 PUNTO

7º.- Todos los aspi
rantes, que así lo deseen, que reúna las condiciones de estas bases, deberá PRESENTAR LA SOLICITUD ESPECÍFICA que a tal efecto se les facilitará en el Registro General del Ayuntamiento, también disponible en la web del Ayuntamiento, en las fechas reseñadas al inicio de este decreto, para cada uno de las acciones de empleo, ACOMPAÑANDO, según sus circunstancias personales, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

Titulación exigida.

Copia DNI.

CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que el solicitante no cobra prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de
prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.

TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO en vigor o certificado de estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.

LIBRO DE FAMILIA donde consten las cargas familiares o documento suficiente que las acredite.

DECLARACIÓN JURADA donde consten los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, de cualquier naturaleza, en cuantía mensual.

Fotocopia de la TARJETA DE DISCAPACITADO expedida por la Comunidad Autónoma, y copia de la RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD en el momento de la contratación.

DECLARACION responsable del solicitante haciendo constar:

1. Que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Que no percibe prestación, subsidio o ayuda de protección frente al desempleo.

Recibo pagado de la hipoteca, alquiler o ultimo de la contribución de la vivienda habitual.

Aportar documentos que acrediten experiencia para el puesto ofertado: Vida labora, nominas, cursos, etc.

AUTORIZAN expresamente al Ayuntamiento de Pedro Muñoz para aportar a su expediente, informes existentes en el propio ayuntamiento

AUTORIZAN expresamente al Ayuntamiento para dirigirse a OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS a efectos de incorporar a los expedientes de selección los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el Servicio Público de Empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, así como aquellas otras de naturaleza fiscal.

8º.- PROCESO DE SELECCIÓN:

1.- Conforme a lo establecido por la legislación para los tribunales de selección de personal en el ámbito de las administraciones públicas. Queda facultada la Comisión de Selección para la interpretación de cuantas dudas surjan en el proceso selectivo.
2.- El Ayuntamiento no ejerce reserva alguna sobre los puestos a cubrir.

9º.- DESEMPATES: Para designar el número de orden en la selección en aquellos casos que resulten empatados distintos participantes, se atenderá al siguiente procedimiento:

1. Quienes lleven más tiempo inscritos como demandantes de empleo.
2. Quienes soporten mayores cargas familiares.
3. De persistir empates se atenderá a la fecha de nacimiento, siendo preferente el de
mayor edad.

10º.- SOLICITESE OFERTA GENERICA AL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pedro Muñoz, a 28 de octubre de 2016.

Ante mí,
La Secretaria,                                   El Alcalde-Presidente,

Fdo.: María Dolores Sánchez García,. Fdo.: José Juan Fernández Zarco

 

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