Inicio ComunicaciónNoticiasSin categorizar I Fase del Plan de Zonas Rurales Deprimidas de 2016 concedido por la Administración General del Estado, se contempla la acción programada por este Ayuntamiento denominada “ACONDICIONAMIENTO DE ARBOLEDAS, ZONAS VERDES Y LIMPIEZA MEDIOAMBIENTAL Y VIARIA”

I Fase del Plan de Zonas Rurales Deprimidas de 2016 concedido por la Administración General del Estado, se contempla la acción programada por este Ayuntamiento denominada “ACONDICIONAMIENTO DE ARBOLEDAS, ZONAS VERDES Y LIMPIEZA MEDIOAMBIENTAL Y VIARIA”

por Serv. Informáticos

Anuncio seleccion 18 peones, 1 de julio de 2016

Lista definitiva de excluidos, decreto 0483/2016 de 22 de junio de 2016

Lista provisional de excluidos, decreto 0465/2016 de 15 de junio de 2016

DECRETO DE ALCALDIApdf icon

D. José Juan Fernández Zarco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, en base a las potestades que me otorga la legislación en vigor, en materia de régimen local, mediante el presente y vista la adjudicación efectuada a favor de este ayuntamiento para la contratación de trabajadores a jornada completa a través del Plan de Zonas Rurales Deprimidas para este año, es por cuanto vengo a ANUNCIAR PARA PÚBLICO Y GENERAL CONOCIMIENTO:

1º.- Encuadrado en la I Fase del Plan de Zonas Rurales Deprimidas de 2016 concedido por la Administración General del Estado, se contempla la acción programada por este Ayuntamiento denominada “ACONDICIONAMIENTO DE ARBOLEDAS, ZONAS VERDES Y LIMPIEZA MEDIOAMBIENTAL Y VIARIA”. Plan a ejecutar conforme a lo exigido por la referida administración y conforme a lo exigido por el Fondo Social Europeo.

2º.- En esta se realizarán 18 contratos como PEONES DE LIMPIEZA Y PARQUES Y JARDINES a jornada completa, 35 horas semanales con una duración de TRES MESES (con excepción de los contratos que se puedan generar por sustitución de trabajadores contratados), que computará a todos los efectos para la exclusión aplicada en la mayoría de los planes de empleo de doce meses sin poder ser seleccionado para otros planes a excepción que faltasen candidatos, cumpliéndose las condiciones y prioridades exigidas en la convocatoria realizada y en base al Real Decreto que rige ese Plan de Empleo.

Los Seleccionados serán contratados con este ayuntamiento de entre los desempleados solicitantes presentados, que estando inscritos en la oficina pública de empleo presenten solicitud en el Registro General de este Ayuntamiento desde el jueves 2 al lunes 13 de junio de 2016, ambos inclusive, y resulten seleccionados, estableciéndose con el resto una Bolsa de Trabajo.

Es el interés de esta Alcaldía que se observe todo lo previsto en el Real Decreto de 1997 que regula este plan de empleo y lo dictaminado en la resolución de 2016 donde se conceden los fondos para el desarrollo de esta I Fase en nuestra localidad.

Entre los solicitantes pueden concurrir trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, aportando copia de la resolución donde se estableció su discapacidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria del Plan de Empleo y su discapacidad no les impida el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo ofertados.

3º.- PRIORIDAD EN LA SELECCIÓN:

1.- Peones agrícolas inscritos en la Oficina Pública de Empleo.
2.- Mujeres víctimas de violencia de género.
3.- Llevar más de doce meses sin trabajar mediante contrato para el ayuntamiento, excluyendo de ese cómputo el tiempo de contrato de aquellos solicitantes que hubieran participado como alumnos trabajadores en cursos de formación agraria convocados por este ayuntamiento.
4.- Mayores cargas familiares.
5.- Mayor edad.

4º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para poder ser seleccionados como participantes dentro del Plan de Zonas Rurales Deprimidas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha en la cual se proceda a la selección y haber presentado toda la documentación exigida dentro del plazo de presentación de instancias:

a) Ser español/a, o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en el Art. 57 de la ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Así mismo, los extranjeros residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación.
b) Ser mayor de 16 años.
c) No haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo.
e) No haber sido separado/a mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
f) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
g) Encontrarse inscritos en la Oficina del Servicio Público de Empleo con plena disponibilidad, adecuándose la selección a la estructura de la demanda de empleo que presenta el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, debiéndose acreditar este requisito hasta el momento mismo de la contratación.

5º.- EXCLUSIONES:

1.- GENERAL: No tener una antigüedad mínima de tres meses como demandante de empleo, en la oficina pública de empleo. Este requisito será exigible tanto a la fecha de presentación de instancias, como en el día de la selección, así como para poder formalizar contrato, decayendo los derechos de los trabajadores en el momento que se compruebe la falta de este requisito.

2.- OTRAS EXCLUSIONES:
a. Las personas mayores de 65 años y las menores de 16.
b. Solicitantes en cuya unidad familiar o domicilio de convivencia, ya este contratado un miembro en planes de empleo que se desarrollen coincidiendo en el tiempo, en todo o parte, con cualquier plan que se desarrolle por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.
c. Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido documentación a aportar y/o falseado su declaraciones sobre percepción de ingresos o situaciones personales, que de haberse aportado o no haberse presentado sin falsear no le hubieran concedido ventajas sobre el resto de solicitantes, , estableciéndose las medidas precisas por parte de esta corporación a efectos de depurar las posibles responsabilidades.
d. Los contratados en otros planes de empleo desde el 1 de enero de 2012, que hayan detentado una notoria falta de interés y actitudes contrarias al cumplimiento de las tareas asignadas por los empleados o responsables municipales, así como una contrastable falta de puntualidad o respeto de las normas sobre prevención de riesgos laborales, previo informe emitido al efecto.
e. Aquellos desempleados que no hayan transcurrido 12 meses de la finalización de su contrato en otro plan de empleo, a menos, que faltasen candidatos para las contrataciones a formalizar.
f. Aquellos solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa y que no presenten dentro de plazo de la convocatoria los certificados de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.

3. EXCEPCIÓN: No se aplicará el apart
ado e) del punto segundo del apartado 5 Exclusiones a los solicitantes que hubieran participado en acciones formativas agrarias, organizadas y/o desarrolladas por este Ayuntamiento desde el 1 de enero de 2012.

6º.- BAREMO DE PUNTUACIÓN:

a) TIEMPO SIN SER CONTRATADO POR EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ:

TIEMPO SIN SER CONTRATADO PUNTUACIÓN
Desde 1 año hasta dos años 1 punto
De dos años y un día a tres años 2 puntos
Más de TRES AÑOS 4 puntos

b) POR INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR:

SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN
Ingresos cero 5 puntos
De 1 a 100 euros 4 puntos
De 101 a 200 euros 3 puntos
De 201 a 400 euros 2 puntos
De 401 a 640 1 punto
Más de 640 euros 0 puntos

c) POR RESIDENCIA:

RESIDENCIA PUNTUACIÓN
En esta localidad, en vivienda propia, arrendada o pacíficamente cedida por su propietario, más de 12 meses 7 puntos

Otras situaciones de residencia 1 punto

d) OTRAS SITUACIONES DEL SOLICITANTE:

SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN
Discapacitados sin prestaciones 1 punto
No ser beneficiario de prestaciones por desempleo 7 puntos
Por cada miembro a cargo de la Unidad Familiar 1 punto
Talento diferente reconocido igual al 33% 0,5 puntos
Del 33% al 66% 1 punto
Más del 66 % 2 puntos
Por hipoteca del domicilio habitual, alquiler o recibo de la Contribución. 4 puntos
Por recibo de luz del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro unidad familiar de convivencia 1 punto 
Por recibo de agua del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro unidad familiar de convivencia 1 punto 
Informe social solicitado por el ayuntamiento De 1 a 3 puntos

e) MINORACIÓN POR ABSENTISMO Y OTRAS MOTIVOS DE ÍNDOLE LABORAL, PREVIO INFORME:

A los Solicitantes que en los cuatro años previos hubiesen trabajado en otros planes de empleo del Ayuntamiento se les podrán aplicar las siguientes minoraciones de su puntuación:

MOTIVO PUNTUACIÓN
Por absentismo o incumplimiento de los horarios, sin justificación durante 3 días, en el transcurso del último contrato 1 punto
Por absentismo o incumplimiento de los horarios, sin justificación de más de 3 días en el transcurso del último contrato 3 puntos
Por no haber utilizado los EPIS ni cumplir normas de Salud Laboral en el transcurso del último contrato 5 puntos
Por haber tenido notoria falta de rendimiento en el transcurso del último contrato 2 puntos
Por falta de respeto a compañeros, encargados o autoridades 5 puntos
Por descuido del material o los medios proporcionados por la empresa 2 puntos

7º.- Todos los aspirantes, que así lo deseen, de los llamados por la Oficina de Empleo, o cualquier otro que reúna las condiciones de estas bases, deberá PRESENTAR LA SOLICITUD ESPECÍFICA que a tal efecto se les facilitará en el Registro General del Ayuntamiento, también disponible en la web del Ayuntamiento, en las fechas reseñadas al inicio de este decreto, para cada una de las acciones de empleo, ACOMPAÑANDO, según sus circunstancias personales, LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

Copia DNI.
CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que el solicitante no cobra prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que conviven con el solicitante, mayores de 15 años de edad, no cobran prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO en vigor o certificado de estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
LIBRO DE FAMILIA donde consten las cargas familiares o documento suficiente que las acredite.
DECLARACIÓN JURADA donde consten los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, de cualquier naturaleza, en cuantía mensual.
Fotocopia de la TARJETA DE DISCAPACITADO expedida por la Comunidad Autónoma, y copia de la RESOLUCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE DISCAPACIDAD en el momento de la contratación.
DECLARACIÓN RESPONSABLE del solicitante haciendo constar:
1. Que reúne los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Que no percibe prestación, subsidio o ayuda de protección frente al desempleo.
Documentación que acredite ser Víctima de Violencia de Género.
Recibo pagado de la hipoteca, alquiler o ultimo de la contribución de la vivienda habitual.
AUTORIZAN expresamente al Ayuntamiento de Pedro Muñoz para aportar a su expediente informes existentes en el propio ayuntamiento en relación al punto 6.e), así como INFORME SOCIAL que emitirán los Servicios Sociales Municipales, tanto del solicitante como de su unidad familiar.
AUTORIZAN expresamente al Ayuntamiento para dirigirse a OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS a efectos de incorporar a los expedientes de selección los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el Servicio Público de Empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, así como aquellas otras de naturaleza fiscal.

8º.- PROCESO DE SELECCIÓN:

1.- Conforme a lo establecido por la legislación para los tribunales de selección de personal en el ámbito de las administraciones públicas. Queda facultada la Comisión de Selección para la interpretación de cuantas dudas surjan en el proceso selectivo.
2.- El Ayuntamiento no ejerce reserva alguna sobre los puestos a cubrir.

9º.- DESEMPATES: Para designar el número de orden en la selección en aquellos casos que resulten empatados distintos participantes, se atenderá al siguiente procedimiento:

1. Quienes lleven más tiempo inscritos como demandantes de empleo.
2. Quienes soporten mayores cargas familiares.
3. De persistir empates se atenderá a la fecha de nacimiento, siendo preferente el de mayor edad.

10º.- CALENDARIO: El primer día hábil tras la finalización de presentación de instancias se elaborará la relación de excluidos, que será publicada, ese mismo día, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina Web: www.pedro-munoz.es, disponiendo los afectados de un plazo de tres días hábiles para reclamar, si a su derecho conviniere, aportando las pruebas o documentos de que intenten valerse en el Registro General del Ayuntamiento. Sobre dichas reclamaciones resolverá la Comisió
n de Selección con carácter previo al proceso selectivo, dejando constancia en el acta de su reunión.

– Presentación de instancias: desde el 2 al 13 de junio de 2016, ambos inclusive.

11º.- SOLICÍTESE OFERTA GENÉRICA AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pedro Muñoz, a 1 de junio de 2016.

Ante mí,
La Secretaria Accidental,                  El Alcalde-Presidente,

Fdo.: Mª Dolores Hernández Muñoz. Fdo.: José Juan Fernández Zarco.

 

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