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II Fase del Plan de Zonas Rurales Deprimidas de 2015 – ACONDICIONAMIENTO DE ARBOLEDAS, ZONAS VERDES Y LIMPIEZA MEDIOAMBIENTAL Y VIARIA

por admin

Decreto 0624/2015 24 de septiembre de 2015, rectificación de errores materiales detectados en el Decreto 0555/2015 de fecha 4 de Septiembre de 2015 y en el 583/2015 de 9 de Septiembre de 2015en el Decreto 0555/2015 de fecha 4 de Septiembre de 2015 y en el 583/2015 de 9 de Septiembre de 2015pdf icon

Anuncio selección personal 14 de septiembre de 2015 pdf icon

Listado definitivo de excluidos 9 de septiembre de 2015 pdf icon

Listado de excluidos 4 de septiembre de 2015pdf icon

DECRETO DE ALCALDIA 0527/2015pdf icon

Solicitudpdf icon

 

D. José Juan Fernández Zarco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, en base a las potestades que me otorga la legislación en vigor, en materia de régimen local, mediante el presente y vista la adjudicación efectuada a favor de este ayuntamiento para la contratación de 35 trabajadores a jornada completa a través del Plan de Zonas Rurales Deprimidas para este año, es por cuanto vengo a ANUNCIAR PARA PÚBLICO Y GENERAL CONOCIMIENTO:

1º.- Encuadrado en la II Fase del Plan de Zonas Rurales Deprimidas de 2015 concedido por la Administración General del Estado, se contempla la acción programada por este Ayuntamiento denominada «ACONDICIONAMIENTO DE ARBOLEDAS, ZONAS VERDES Y LIMPIEZA MEDIOAMBIENTAL Y VIARIA». Plan a ejecutar conforme a lo exigido por la referida administración y conforme a lo exigido por el Fondo Social Europeo.

2º.- En esta se realizarán 18 contratos como PEONES DE LIMPIEZA Y PARQUES Y JARDINES a jornada completa, 35 horas semanales con una duración de TRES MESES (con excepción de los contratos que se puedan generar por sustitución de trabajadores contratados), que computará a todos los efectos para la exclusión aplicada en la mayoría de los planes de empleo de doce meses sin poder ser seleccionado para otros planes a excepción que faltasen candidatos, cumpliéndose las condiciones y prioridades exigidas en la convocatoria realizada y en base al Real Decreto que rige ese Plan de Empleo.

Los Seleccionados serán contratados con este ayuntamiento de entre los desempleados solicitantes presentados, que estando inscritos en la oficina pública de empleo presenten solicitud en el Registro General de este Ayuntamiento desde el viernes 14 al miércoles 26 de agosto de 2015, ambos inclusive, y resulten seleccionados, estableciéndose con el resto una Bolsa de Trabajo.

Es el interés de esta Alcaldía que se observe todo lo previsto en el Real Decreto de 1997 que regula este plan de empleo y lo dictaminado en la resolución de 2015 donde se conceden los fondos para el desarrollo de esta II Fase en nuestra localidad.

Entre los solicitantes pueden concurrir trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, aportando copia de la resolución donde se estableció su discapacidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria del Plan de Empleo y su discapacidad no les impida el desempeño de las funciones de los puestos de trabajo ofertados.

3º.- PRIORIDAD EN LA SELECCIÓN:

1.- Peones agrícolas inscritos en la Oficina Pública de Empleo.
2.- Mujeres víctimas de violencia de género.
3.- Llevar más de doce meses sin trabajar mediante contrato para el ayuntamiento, excluyendo de ese computo el tiempo de contrato de aquellos solicitantes que hubieran participado como alumnos trabajadores en cursos de formación agraria convocados por este ayuntamiento.
4.- Mayores cargas familiares.
5.- Mayor edad.

4º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:

Para poder ser seleccionados como participantes dentro del Plan de Zonas Rurales Deprimidas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha en la cual se proceda a la selección y haber presentado toda la documentación exigida dentro del plazo de presentación de instancias:

a) Ser español/a, o nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, en los términos previstos en el Art. 57 de la ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. Así mismo, los extranjeros residentes legalmente en España podrán acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación.
b) Ser mayor de 16 años.
c) No haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto de trabajo.
e) No haber sido separado/a mediante expediente administrativo (disciplinario) del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
f) No hallarse incurso en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente.
g) Encontrarse inscritos en la Oficina del Servicio Público de Empleo con plena disponibilidad, adecuándose la selección a la estructura de la demanda de empleo que presenta el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, debiéndose acreditar este requisito hasta el momento mismo de la contratación.

5º.- EXCLUSIONES:

1.- GENERAL: No tener una antigüedad mínima de tres meses como demandante de empleo, en la oficina pública de empleo. Este requisito será exigible tanto a la fecha de presentación de instancias, como en el día de la selección, así como para poder formalizar contrato, decayendo los derechos de los trabajadores en el momento que se compruebe la falta de este requisito.

2.- OTRAS EXCLUSIONES:

a) Haber estado contratado por el ayuntamiento de Pedro Muñoz en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de la selección, excepto aquellos solicitantes que hubieran participado como alumnos trabajadores en cursos de formación agraria convocados por este ayuntamiento.
b) Las personas mayores de 65 años y las menores de 16.
c) Solicitantes en cuya unidad familiar ya este contratado un miembro por el ayuntamiento de Pedro Muñoz en planes o talleres de formación/empleo, que se desarrollen coincidiendo en todo o parte con este Plan, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.
d) Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido o falseado su declaración jurada sobre percepción de ingresos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.
e) Haber sido seleccionado para ser contratado en otro Plan de Empleo por este Ayuntamiento y haber renunciado, sin justa causa, en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de la selección.

6º.- BAREMO DE PUNTUACION:

a) TIEMPO SIN SER CONTRATADO POR EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ:

TIEMPO SIN SER CONTRATADO PUNTUACIÓN
D
esde 1 año hasta dos años 1 punto
De dos años y un día a tres años 2 puntos
Más de TRES AÑOS 4 puntos

b) SITUACIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR:

SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN
Unidad Familiar sin ingresos o con ingresos mensuales hasta 300 €. 5 puntos
Unidad Familiar con ingresos desde 301 hasta 600 euros al mes. 3 puntos
Unidad Familiar con ingresos iguales o superiores a 601 euros hasta 900 euros mes. 2 puntos
Unidad Familiar con ingresos iguales o superiores a 901 euros mes. 1 punto
Solicitante con cargas familiares. 1 punto por cada carga

c) POR RESIDENCIA:

RESIDENCIA: PUNTUACIÓN
En esta localidad más de 12 meses 4 puntos
Otras situaciones de residencia 1 punto

d) OTRAS SITUACIONES DEL SOLICITANTE:

SITUACIÓN A FECHA SOLICITUD PUNTUACIÓN
Discapacitados sin prestaciones 1 punto
No ser beneficiario de prestaciones por desempleo 8 puntos
INFORME DE SITUACIÓN SOCIAL emitido por los Servicios Sociales Municipales
0 a 3 puntos

e) MINORACIÓN POR ABSENTISMO:

A los Solicitantes que en los cuatro años previos hubiesen trabajado en otros planes de empleo del Ayuntamiento se les podrán aplicar las siguientes minoraciones de su puntuación:

RESIDENCIA: PUNTUACION
Por absentismo o incumplimiento de los horarios, sin justificación durante 3 días, en el transcurso del último contrato

-1 punto
Por absentismo o incumplimiento de los horarios, sin justificación de más de 3 días en el transcurso del último contrato
-3 puntos
Por no haber utilizado los EPIS ni cumplir normas de Salud Laboral en el transcurso del último contrato
-5 puntos
Por haber tenido notoria falta de rendimiento en el transcurso del último contrato
-2 puntos
Por falta de respeto a compañeros, encargados o autoridades
-5 puntos
Por descuido del material o los medios proporcionados por la empresa
-2 puntos

7º.- TODOS LOS ASPIRANTES DEBERÁN PRESENTAR LA SOLICITUD ESPECÍFICA QUE A TAL EFECTO SE LES FACILITARÁ EN EL REGISTRO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO, también está disponible en la web del Ayuntamiento, desde el viernes 14 hasta el miércoles 26 de agosto de 2015, ambos inclusive, ACOMPAÑANDO SEGÚN SUS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES LA SIGUIENTE DOCUMENTACION:

1. COPIA DNI.
2. CERTIFICADO DEL SEPE, SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO, DE QUE EL SOLICITANTE NO COBRA PRESTACIONES, SUBSIDIOS, RENTAS POR CUALQUIERA DE LOS PROGRAMAS PUBLICOS DE PRESTACIONES ECONOMICAS PARA DESEMPLEADOS.
3. CERTIFICADO DEL SEPE, SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO, DE QUE EL CONYUGE, Y LOS HIJOS QUE CONVIVEN CON EL SOLICITANTE, entre los 16 y 25 años de edad, NO COBRAN PRESTACIONES, SUBSIDIOS, RENTAS POR CUALQUIERA DE LOS PROGRAMAS PUBLICOS DE PRESTACIONES ECONOMICAS PARA DESEMPLEADOS.
4. TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO EN VIGOR O CERTIFICADO DE ESTAR INSCRITO EN EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO.
5. LIBRO DE FAMILIA DONDE CONSTEN LAS CARGAS FAMILIARES O DOCUMENTO SUFICIENTE QUE LAS ACREDITE.
6. TARJETA DE DISCAPACITADO O RESOLUCIÓN RECONOCIENDO DISCAPACIDAD.
7. AUTORIZARÁN EXPRESAMENTE al Ayuntamiento de Pedro Muñoz para aportar a su expediente INFORME SOCIAL que emitirán los Servicios Sociales Municipales, tanto del solicitante como de su unidad familiar.

8º.- PROCESO DE SELECCIÓN:

1.- Conforme a lo establecido por la legislación sobre Plan de Zonas Rurales Deprimidas y lo establecido para los tribunales de selección de personal en el ámbito de las administraciones públicas.
2.- El Ayuntamiento no ejerce reserva alguna sobre los puestos a cubrir.

9º.- DESEMPATES: Para designar el número de orden en la selección en aquellos casos que resulten empatados distintos participantes, se atenderá al siguiente procedimiento:

1. Quienes lleven más tiempo inscritos como demandantes de empleo.
2. Quienes soporten mayores cargas familiares.
3. De persistir empates se atenderá a la fecha de nacimiento, siendo preferente el de mayor edad.

10º.- CALENDARIO: El primer día hábil tras la finalización de presentación de instancias se elaborará la relación de excluidos, que será publicada, ese mismo día, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y pagina Web: www.pedro-munoz.es, disponiendo los afectados de un plazo de tres días hábiles para reclamar, si a su derecho conviniere, aportando las pruebas o documentos de que intenten valerse en el Registro General del Ayuntamiento. Sobre dichas reclamaciones resolverá la Comisión de Selección con carácter previo al proceso selectivo, dejando constancia en el acta de su reunión.

– Presentación de instancias: desde el 14 al 26 de agosto de 2015.
– Publicación LISTA PROVISIONAL DE EXCLUIDOS: 27 de agosto de 2015.
– Reclamaciones y/o subsanación documentación o errores: del 28 al 31 de agosto de 2015.
– LISTA DEFINITIVA DE EXCLUIDOS: del 1 al 4 de septiembre 2015.
– SELECCIÓN: del 7 al 11 de septiembre 2015.
– PUBLICACION DE SELECCIONADOS Y BOLSA DE TRABAJO: 14 de septiembre de 2015.

11º.- SOLICITESE OFERTA GENERICA AL SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Pedro Muñoz, a 13 de agosto de 2015.

Ante mí,
El Secretario,                              El Alcalde-Presidente,
Fdo.: Jesús Antonio Martín Martín. Fdo.: José Juan Fernández Zarco

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