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BASES PLAN PEDROTEÑO PROCESO SELECTIVO DE 11 PEONES PARA REFUERZO DE SERVICIOS MUNICIPALES

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SELECCIÓN DE DIEZ PEONES Y UN EDUCADOR DE CALLE PARA EL PLAN DE EMPLEO PEDROTEÑO 2020  DENOMINADO “REFUERZO DE SERVICIOS MUNICIPALES” CONFORME A LAS NECESIDADES DE REFUERZO DE LOS  SERVICIOS QUE PRESTA EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ, 9 de diciembre de 2020pdf icon

Listado Provisional SELECCIÓN DE DIEZ PEONES Y UN EDUCADOR DE CALLE PARA EL PLAN DE EMPLEO PEDROTEÑO 2020, 1 de diciembre de 2020pdf icon

Decreto número: 2020/1168pdf icon

Solicitudpdf icon

D. Carlos-Alberto Ortiz Sánchez-Tinajero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, en base a las potestades que me otorga la legislación en vigor, en materia de régimen local, mediante el presente y visto el Plan de Empleo Pedroteño 2020 financiado íntegramente por este Ayuntamiento, se considera necesario para la prestación de los servicios propios de esta entidad local la contratación de trabajadores desempleados, que vengan a cubrir puesto de REFUERZO DE SERVICIOS MUNICIPALES, como peones, es por cuanto vengo a RESOLVER:

1.- Convocar proceso selectivo de 11 peones para REFUERZO DE SERVICIOS MUNICIPALES.

2.- Encuadrado en el Plan de Empleo Pedroteño 2020, se contempla la acción programada por este ayuntamiento denominada «REFUERZO DE SERVICIOS MUNICIPALES MEDIANTE PEONES”. Plan a ejecutar conforme a lo acordado por el Ayuntamiento en Pleno, y conforme a las necesidades de refuerzo de los servicios que presta el Ayuntamiento de Pedro Muñoz.

En esta convocatoria se realizarán 11 contratos a jornada PARCIAL, 25 horas semanales, de lunes a domingo, con horario habitual de 8: a 10:00 y de 10:30 a 13:30 horas, con adecuación del horario y días de prestación del trabajo a las necesidades del Servicio Público Municipal, con una duración de 90 DÍAS, de las siguientes especialidades:

2.1.- 10 peones de LIMPIEZA, JARDINERÍA, CONSTRUCCIÓN, dentro del IX Plan de Empleo Pedroteño 2020 del Ayuntamiento de Pedro Muñoz.

2.2.- 1 peón EDUCADOR DE CALLE dentro del IX Plan de Empleo Pedroteño 2020 del Ayuntamiento de Pedro Muñoz.

3.- Los Seleccionados en este plan de empleo por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, con categoría de peones, contratados a jornada PARCIAL, de 25 horas semanales, según las necesidades de refuerzo de las distintas áreas. Siendo llamados a contratar con este ayuntamiento de entre los desempleados prioritarios y en su defecto del resto de solicitantes presentados, que estando inscritos es las referidas categorías profesionales en la oficina pública de empleo, presenten solicitud en el Registro General de este Ayuntamiento desde el martes 10 al lunes 23 de noviembre de 2020, ambos inclusive, y resulten seleccionados, estableciéndose con el resto una Bolsa de Trabajo, para cubrir posibles vacantes o poder utilizarlos para su contratación en otros planes de empleo.

Es el interés de esta Alcaldía que se observe una contratación paritaria, enmarcada en el total de las contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento en el plazo de un año, teniéndose en cuenta por la Comisión de Selección, haciendo valer la prioridad ABSOLUTA de Víctimas de Violencia de Género.

4.- PARA DAR PRIORIDAD SE PUNTÚA:

4.1.- ABSOLUTA: Los/as Candidatos/as que expresamente acepten las NORMAS DE TRABAJO adjuntas a la solicitud.

4.2.- Víctimas de violencia de género acreditadas por los servicios sociales municipales con los requisitos contemplados en la legislación general y en caso subsidiario por las normas establecidas para dicho colectivo en los planes de empleo de la Excelentísima Diputación Provincial de Ciudad Real. Las únicas limitación prevista a dicha prioridad es la contemplada en el punto de exclusiones, en concreto que no podrán ser beneficiarios del Plan más de una persona por unidad familiar y el de no haber estado contratado en otro plan de empleo en los últimos doce meses.

5.- EXCLUSIONES:

5.1.- No aceptar expresamente las NORMAS DE TRABAJO establecidas por este Ayuntamiento.

5.2.-No estar inscrito como demandante de empleo en la oficina pública de empleo, este requisito deberá mantenerse hasta la fecha de la posible contratación, decayendo los derechos de los seleccionados que en el momento de ser llamados a contratar no cumplieran este requisito.

5.3.- OTRAS EXCLUSIONES:

a) Las personas mayores de 65 años y las menores de 16, salvo que tengan cargas familiares o excepcionalmente cuando no existan personas desempleadas.
b) Solicitantes en cuya unidad familiar ya este contratado un miembro en planes de empleo que se desarrollen coincidiendo en todo o parte con este Plan, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.
c) Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido o falseado su declaración jurada sobre percepción de ingresos, estableciéndose las medidas precisas por parte de esta corporación a efectos de depurar las posibles responsabilidades.
d) Haber sido seleccionado para ser contratado en otro Plan de Empleo y/o haber renunciado en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de la selección.
e) Los contratados en otros planes de empleo desde el 1 de enero de 2012, que hayan detentado una notoria falta de interés y actitudes contrarias al cumplimiento de las tareas asignadas por los empleados o responsables municipales, así como una contrastable falta de puntualidad o respeto de las normas sobre prevención de riesgos laborales.
f) Aquellos desempleados que no hayan transcurrido 12 meses de la finalización de su contrato en otro plan de empleo, a menos, que faltasen candidatos para las contrataciones a formalizar.
g) Aquellos solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa y que no presenten dentro de plazo de la convocatoria certificado de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.
h) Serán excluidos quienes no aporten la documentación requerida en el punto 6.2 de estas bases y se hayan presentado a ese perfil profesional.

6.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

6.1.- Todos los aspirantes deberán presentar la solicitud específica que a tal efecto se les facilitará en el registro general del ayuntamiento, también está disponible en la web del Ayuntamiento, desde el martes 10 al lunes 23 de noviembre de 2020, ambos inclusive, acompañando según sus circunstancias personales la siguiente documentación:

  • Copia DNI.
  • Documentación de aceptación de las normas de trabajo que constan en esta convocatoria y firmarlas expresamente con anterioridad, autorizar expresamente al ayuntamiento para dirigirse a otras administraciones públicas a efectos de incorporar a los expedientes de selección, los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el servicio público de empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, así como aquellas otras de naturaleza fiscal.
  • Libro de familia donde consten las cargas familiares o documento suficiente que las acredite.
  • Discapacitados: tarjeta de discapacitado y resolución reconociendo discapacidad.
  • Solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa: Certificado de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.
  • Declaración jurada donde consten los ingresos de la unidad familiar, de cualquier naturaleza, en cuantía mensual, excluyéndose del cómputo de estos ingresos los obtenidos por:
    • a.- Los de los progenitores del solicitante si este es mayor de 25 años de edad o tienecargas familiares.
    • b.- Los de los descendientes de los solicitantes si los descendientes son mayores de 25 años de edad o tienen a su vez cargas familiares.
  • Recibo pagado de la hipoteca, alquiler o ultimo de la contribución de la vivienda habitual. Aquellos solicitantes que tengan residencia distinta diferente a la de su empadronamiento, y/o tengan domicilio en vivienda que no cuente con autorización legitima de su propietario. (Esta situación será informada previamente a la selección por la Policía Local de Pedro Muñoz.)
  • Recibo del agua del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro de la unidad familiar de convivencia.
  • Recibo de la luz del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro de la unidad familiar de convivencia.

El solicitante deberá AUTORIZAR u OPONERSE expresamente a que el Ayuntamiento de Pedro Muñoz incorpore a los expedientes de selección los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el Servicio Público de Empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, y aquellas otras de naturaleza fiscal y/o de prestaciones, así como informes existentes en el propio ayuntamiento o en cualquier otra Administración Pública, incluido INFORME SOCIAL que emitirán los Servicios Sociales Municipales, tanto del solicitante como de su unidad familiar. En el caso de oposición, el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:

  • TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO en vigor.
  • CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que el solicitante no cobra prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
  • CERTIFICADO DEL SEPE, Servicio Público de Empleo, de que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que conviven con el solicitante, mayores de 16 años de edad, no cobran prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
  • CERTIFICADO DE PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL del solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia; y de situación laboral.
  • QUIENES ACREDITEN DISCAPACIDAD RECONOCIDA APORTARÁN CERTIFICADO DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE NO PERCEPCIÓN DE PRESTACIONES.

6.2.- Además presentarán, con carácter obligatorio, la siguiente documentación quienes se presenten a:

  • PEÓN EDUCADOR DE CALLE: Titulo de Educador de calle.

7.- PROCESO DE SELECCIÓN: Conforme a lo establecido por la legislación para los tribunales de selección de personal en el ámbito de las administraciones públicas. Queda facultada la Comisión de Selección para la interpretación de cuantas dudas surjan en el proceso selectivo.

8.- DESEMPATES:

1a.- Mayores cargas familiares.

Si el desempate por esta opción 1a persistiera, se atenderá a las siguientes condiciones:

2a.- Mayor tiempo inscrito como demandante de empleo en la oficina pública correspondiente.

3a.- Mayor edad.

9.- Solicítese oferta genérica al servicio público de empleo.

Así lo manda y firma la Alcaldía-Presidencia, en Pedro Muñoz en el día que figura al final del presente.

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