PUNTUACIONES DEFINITIVAS DEL PROCESO SELECTIVO DE NUEVE PEONES PARA LIMPIEZA VIARIA DE PARQUES Y JARDINES DEL PLAN DE EMPLEO DE DIPUTACION 2020, 25 de febrero de 2021
ANUNCIO PUBLICACION PUNTACIONES PROVISIONALES PARA SELECCION 9 PEONES PARA PLAN DE EMPLEO LIMPIEZA VIARIA DE PARQUES Y JARDINES, 22 de febrero de 2021
Aprobación provisional de la siguiente relación de aspirantes, 15 de febrero de 2021
Anuncio, 21 de enero de 2021
Formulario – Normas de trabajo
Por motivos de la actual situación por la COVID-19, a fin de evitar aglomeraciones y salvaguardar la seguridad de todas las personas, para la presentación de las solicitudes, el Ayuntamiento ha establecido el siguiente procedimiento:
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS TERMINA EL VIERNES 29 DE ENERO DE 2021.
NO SE RECOGERÁ DOCUMENTACIÓN SIN CITA PREVIA:
– Los formularios podrán recogerse en el Servicio de Atención a la Ciudadanía [SAC], en horario de 9:00 a 14:00 horas. En el momento de coger los formularios, se le dará la cita, con el día y hora, en que deberá presentar la documentación.
– También podrán descargarse los formularios de la página web del Ayuntamiento (www.pedro-munoz.es). En este caso, deberá pedirse cita previa al teléfono 926 586 001 para presentar la documentación.
– Otra forma de presentación es a través del Registro Telemático de la página web del Ayuntamiento, o cualquier otra vía legalmente reconocida por la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
– Deberá respetarse la hora y día de la cita.
– La documentación será presentada por la persona interesada, sin acompañantes.
Se publica, a continuación, el Decreto de alcaldía 59/2021, de 20 de enero de 2021, sobre convocatoria del Plan de Empleo Diputación:
Extracto: DECRETO BASES PLAN DE EMPLEO DIPUTACION PARA CONTRATACION 9 PEONES PARA LIMPIEZA VIARIA Y PARQUES JARDINES
DECRETO
D. Carlos-Alberto Ortiz Sánchez-Tinajero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pedro Muñoz, en base a las potestades que me otorga la legislación en vigor, en materia de régimen local, mediante el presente y visto el Plan de Empleo de la Excelentísima Diputación Provincial de Ciudad Real mediante Resolución de su presidencia de 10 de noviembre de 2020, se considera necesario para la prestación de los servicios propios de esta entidad local la contratación de trabajadores desempleados, que vengan a cubrir puesto para GARANTIZAR SERVICIOS MUNICIPALES EN LIMPIEZA VÍAS PUBLICAS, PARQUES-JARDINES Y MANTENIMIENTO URGENTE, como peones, es por cuanto vengo a RESOLVER:
1.- Convocar proceso selectivo de 9 peones para GARANTIZAR SERVICIOS MUNICIPALES EN LIMPIEZA VÍAS PUBLICAS, PARQUES-JARDINES Y MANTENIMIENTO URGENTE.
2.- Se contempla la acción programada por este ayuntamiento denominada «GARANTIZAR SERVICIOS MUNICIPALES EN LIMPIEZA VÍAS PUBLICAS, PARQUES-JARDINES Y MANTENIMIENTO URGENTE mediante peones”. Plan a ejecutar conforme a lo acordado por el Ayuntamiento en Pleno, y conforme a las normas publicadas por la Diputación Provincial el jueves 12 de noviembre de 2020 en el BOP de Ciudad Real.
En esta convocatoria se realizarán 9 contratos a jornada Completa de, 35 horas semanales, de lunes a domingo, con horario habitual , con adecuación del horario y días de prestación del trabajo a las necesidades del Servicio Público Municipal, con una duración de 90 DÍAS, de las siguientes especialidad: peones de LIMPIEZA, JARDINERÍA, CONSTRUCCIÓN, dentro del Plan de Empleo Diputación Provincial de C. Real 2020.
3.- Los Seleccionados en este plan de empleo por el Ayuntamiento de Pedro Muñoz, con categoría de peones, contratados a jornada Completa, de 35 horas semanales, según las necesidades de las distintas áreas. Siendo llamados a contratar con este ayuntamiento de entre los desempleados prioritarios y en su defecto del resto de solicitantes presentados, que estando inscritos es las referidas categorías profesionales en la oficina pública de empleo, presenten solicitud en el Registro General de este Ayuntamiento desde el jueves 21 de enero al viernes 29 de enero de 2021, ambos inclusive, y resulten seleccionados, estableciéndose con el resto una Bolsa de Trabajo, para cubrir posibles vacantes o poder utilizarlos para su contratación en otros planes de empleo.
Es el interés de esta Alcaldía que se observe una contratación paritaria, enmarcada en el total de las contrataciones efectuadas por el Ayuntamiento en el plazo de un año, teniéndose en cuenta por la Comisión de Selección, haciendo valer la prioridad ABSOLUTA de Víctimas de Violencia de Género.
4.- PARA DAR PRIORIDAD SE PUNTÚA:
4.1.- ABSOLUTA: Criterios de prioridad para la selección de las personas desempleadas: En la selección de los trabajadores de este Plan de Empleo tendrán prioridad absoluta los miembros de una misma unidad familiar o de convivencia con menores a cargo en la que todos sus miembros se encuentren en desempleo y sin ingresos procedentes de prestaciones, rentas o pensiones, y atendiendo al nivel de ingresos en reparto per cápita. La única limitación prevista a dicha prioridad es la contemplada en el apartado de exclusiones.
4.2.- Los/as Candidatos/as que expresamente acepten las NORMAS DE TRABAJO adjuntas a la solicitud.
4.3.- Víctimas de violencia de género acreditadas por los servicios sociales municipales con los requisitos contemplados en la legislación general y en caso subsidiario por las normas establecidas para dicho colectivo en los planes de empleo de la Excelentísima Diputación Provincial de Ciudad Real. Las únicas limitación prevista a dicha prioridad es la contemplada en el punto de exclusiones, en concreto que no podrán ser beneficiarios del Plan más de una persona por unidad familiar y el de no haber estado contratado en otro plan de empleo en los últimos doce meses.
4.4.- Están reservadas a Discapacitad@s 2 puestos de trabajo del total de los convocados.
4.5.- Se tendrán en cuenta los siguientes criterios por orden de prioridad:
4.5.1.- La situación socio-económica de los trabajadores y de sus familias.
4.5.2.- La no percepción de prestaciones ni subsidios por desempleo.
4.5.3.- Las mujeres víctimas de violencia de género, tendrán prioridad sobre cualquier otra consideración, previo informe de los servicios sociales municipales, quedando excluidas, si fuera necesario, del requisito de su inscripción como demandantes de empleo.
5.- EXCLUSIONES:
5.0.- No aceptar expresamente las NORMAS DE TRABAJO establecidas por este Ayuntamiento.
5.1.-No estar inscrito como demandante de empleo en la oficina pública de empleo, este requisito deberá mantenerse hasta la fecha de la posible contratación, decayendo los derechos de los seleccionados que en el momento de ser llamados a contratar no cumplieran este requisito.
5.3.- No podrán ser contratados con cargo a este plan de Empleo mas de una persona por unidad familiar.
5.2.- OTRAS EXCLUSIONES:
a) Las personas mayores de 65 años y las menores de 16, salvo que tengan cargas familiares o excepcionalmente cuando no existan personas desempleadas.
b) Solicitantes en cuya unidad familiar ya este contratado un miembro en planes de empleo que se desarrollen coincidiendo en todo o parte con este Plan, salvo que no hubiese otras personas demandantes de empleo y existieran puestos libres a cubrir.
c) Quedarán excluidos de la selección para este Plan aquellos solicitantes que se compruebe que han omitido o falseado su declaración jurada sobre percepción de ingresos, estableciéndose las medidas precisas por parte de esta corporación a efectos de depurar las posibles responsabilidades.
d) Haber sido seleccionado para ser contratado en otro Plan de Empleo y/o haber renunciado en el transcurso de los doce meses anteriores a la fecha de la selección.
e) Los contratados en otros planes de empleo desde el 1 de enero de 2012, que hayan detentado una notoria falta de interés y actitudes contrarias al cumplimiento de las tareas asignadas por los empleados o responsables municipales, así como una contrastable falta de puntualidad o respeto de las normas sobre prevención de riesgos laborales.
f) Aquellos desempleados que no hayan transcurrido 12 meses de la finalización de su contrato en otro plan de empleo, a menos, que faltasen candidatos para las contrataciones a formalizar.
g) Aquellos solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa y que no presenten dentro de plazo de la convocatoria certificado de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.
h) Serán excluidos quienes no aporten la documentación requerida en el punto 7.2 de estas bases y se hayan presentado a ese perfil profesional.
6.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Todos los aspirantes deberán presentar la solicitud específica que a tal efecto se les facilitará en el registro general del ayuntamiento, también está disponible en la web del Ayuntamiento, desde el jueves 21 al viernes 29 de Enero de 2021, ambos inclusive, acompañando según sus circunstancias personales la siguiente documentación:
- Copia DNI.
- Documentación de aceptación de las normas de trabajo que constan en esta convocatoria y firmarlas expresamente con anterioridad, autorizar expresamente al ayuntamiento para dirigirse a otras administraciones públicas a efectos de incorporar a los expedientes de selección, los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el servicio público de empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, así como aquellas otras de naturaleza fiscal.
- Libro de familia donde consten las cargas familiares o documento suficiente que las acredite.
- Discapacitados: tarjeta de discapacitado y resolución reconociendo discapacidad igual o superior al 33%.
- Solicitantes con empadronamiento diferente a esta villa: Certificado de su ayuntamiento con la fecha de su última contratación en un plan de empleo.
- Declaración jurada donde consten los ingresos de la unidad familiar, de cualquier naturaleza, en cuantía mensual, excluyéndose del cómputo de estos ingresos los obtenidos por:
a.- Los de los progenitores del solicitante si este es mayor de 25 años de edad o tiene cargas familiares.
b.- Los de los descendientes de los solicitantes si los descendientes son mayores de 25 años de edad o tienen a su vez cargas familiares. - Recibo de la hipoteca, alquiler o ultimo de la contribución de la vivienda habitual.
- Recibo del agua del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro de la unidad familiar de convivencia.
- Recibo de la luz del domicilio habitual a nombre del solicitante o miembro de la unidad familiar de convivencia.
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social, igualmente, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia.
El solicitante deberá AUTORIZAR u OPONERSE expresamente a que el Ayuntamiento de Pedro Muñoz incorpore a los expedientes de selección los datos personales que consten en otras administraciones públicas, tanto de inscripción en el Servicio Público de Empleo, de los ingresos de cualquier tipo y naturaleza que declara el solicitante o los miembros de su unidad familiar, y aquellas otras de naturaleza fiscal y/o de prestaciones, así como informes existentes en el propio ayuntamiento o en cualquier otra Administración Pública, incluido INFORME SOCIAL que emitirán los Servicios Sociales Municipales, tanto del solicitante como de su unidad familiar. En el caso de oposición, el solicitante deberá aportar la siguiente documentación:
- TARJETA DE DEMANDANTE DE EMPLEO en vigor.
- CERTIFICADO DEL SEPE, , Servicio Público de Empleo, de que el solicitante no cobra prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
- CERTIFICADO DEL SEPE, , Servicio Público de Empleo, de que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia que conviven con el solicitante, mayores de 16 años de edad, no cobran prestaciones, subsidios, rentas por cualquiera de los programas públicos de prestaciones económicas para desempleados, donde consten los periodos de inscripción en la oficina pública de empleo como demandante de empleo.
- CERTIFICADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DEL COBRO DE PRESTACIONES
- QUIENES ACREDITEN DISCAPACIDAD RECONOCIDA APORTARÁN CERTIFICADO DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE NO PERCEPCIÓN DE PRESTACIONES.
7.- PROCESO DE SELECCIÓN: Conforme a lo establecido por la legislación para los tribunales de selección de personal en el ámbito de las administraciones públicas. Queda facultada la Comisión de Selección para la interpretación de cuantas dudas surjan en el proceso selectivo.
8.- DESEMPATES:
1a.- Miembros de una misma unidad familiar o de convivencia con menores a cargo en la que todos sus miembros se encuentren en desempleo y sin ingresos procedentes de prestaciones, rentas o pensiones Mayores cargas familiares.
Si el desempate por esta opción 1a persistiera, se atenderá a las siguientes condiciones:
2a.- Mayor tiempo inscrito como demandante de empleo en la oficina pública correspondiente.
3a.- Mayor edad.
9.- Solicítese oferta genérica al servicio público de empleo.