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CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL AYUNTAMIENTO DE PEDRO MUÑOZ

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1. INTRODUCCIÓN:

La Ley 14/2010 de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha concibe los Servicios Sociales como un derecho de ciudadanía, y con ello plantea la necesidad de su regulación, para dotar a las personas de herramientas concretas para el ejercicio de su derecho.

La atención a las necesidades de carácter social mediante prestaciones concretas definidas normativamente, se muestra como el único camino para situar a las ciudadanas y ciudadanos como Sujetos de Derecho del Sistema de Servicios Sociales.

El desarrollo de cada una de las prestaciones que configuran el Sistema Público de Servicios Sociales y Dependencia de Castilla-La Mancha, requiere de la definición de las necesidades de las personas, las actuaciones profesionales que se deben llevar a cabo para cubrirlas y la especificación de los estándares de calidad que han de cumplirse para construir un Sistema de protección ágil, flexible y accesible, con las garantías para su adecuado uso y funcionamiento, y con un objeto de intervención claramente identificable e identificado por toda la ciudadanía.

No debemos obviar que ya existe un Catálogo de Prestaciones del Sistema de Dependencia (Decreto 3/2016, de 26/01/2016, por el que se establece el Catálogo de Servicios y Prestaciones Económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y se determina la intensidad de los servicios y el régimen de compatibilidades aplicable), cuyas prestaciones se incorporan a esteCatálogo.

El bienestar social de las personas pasa por el equilibrio entre su autonomía funcional (capacidad de desenvolvernos en nuestra vida cotidiana) y su integración relacional (soporte que recibimos de nuestras redes primarias de convivencia familiar y comunitaria).

Así, la autonomía personal, la prevención y la integración social se constituyen en los elementos vertebradores del Sistema Público de Servicios Sociales. La autonomía personal, como la situación que permite a la persona desenvolverse en los ámbitos sanitarios, económicos, laborales, educativos y sociales, y la integración social, como proceso que permite el acceso a las oportunidades vitales y al ejercicio de los derechos en condiciones de igualdad y respeto a la identidad personal.

2. CATÁLOGO DE PRESTACIONES DEL SISTEMA PÚBLICO DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA.

El CATÁLOGO DE PRESTACIONES es el instrumento que determina el conjunto de prestaciones de Sistema Público de Servicios Sociales y Dependencia, tanto las reconocidas en la Ley 14/2010, como aquellas otras que sean necesarias para dar respuesta a las nuevas necesidades sociales que puedan acontecer.

En el Catálogo se explicitarán las prestaciones que conforman los Servicios Sociales de Atención Primaria, y las que corresponden a los Servicios Sociales de Atención Especializada.

Las prestaciones son las atenciones y actuaciones concretas y directas que se ofrecen a la persona y unidad familiar, a los grupos sociales y a la comunidad, para contribuir a una mayor autonomía, inclusión e integración social de las mismas y hacer efectivos los Derechos que se reconocen en la Ley. Podrán compatibilizarse entre sí a fin de ofrecer un apoyo integral y adaptar la intervención a las necesidades, capacidades y, en lo posible, preferencias de cada persona, así como a las características de sus contexto.

3. REQUISITOS GENERALES E ITINERARIO DE ACCESO A LAS PRESTACIONES

Para acceder a las prestaciones han de cumplirse los siguientes requisitos generales:

REQUISITOS DE GENERALES

  • Ser residente en algunos de los municipios que conforma la región.
  • Ser emigrante cuyo último domicilio antes de su emigración hubiese estado en Castilla-La Mancha, cuando el ejercicio efectivo de los derechos que se reconocen en la Ley de Servicios Sociales sea el medio para su retorno definitivo.
  • No residente que se encuentre en Castilla-La Mancha en situación de urgenciasocial.

Se detalla a continuación el itinerario de acceso a las prestaciones, de acuerdo a los preceptos que establece la Ley de Servicios Sociales.

ITINERARIO DE ACCESO

1. Con carácter general, para acceder a las prestaciones, las personas interesadas deberán acudir a los Servicios Sociales de Atención Primaria correspondiente a su domicilio, salvo para aquellas prestaciones del Sistema Público de Servicios cuyo acceso esté determinado por un procedimiento administrativo, que no requiere de una prescripción profesional.

2. Los Servicios Sociales de Atención Primaria mediante una trabajadora o trabajador social, realizará una valoración inicial de necesidades para determinar si procede una intervención desde el Sistema de Protección de Servicios Sociales. Es esta o este profesional quien asume la función de referencia en la fase inicial del proceso de intervención, y concretamente la valoración inicial de necesidades y, en su caso, el diagnóstico social inicial.

3. Como resultado de dicha valoración inicial la o el profesional constata:

a) Si requiere una intervención puntual: Siendo así, dejará constancia de la consulta realizada y, en su caso, de la derivación al sistema de atención más idóneo para responder a la necesidad presentada.

b) Si requiere de una intervención con un mayor nivel de profundidad: En este supuesto, la o el profesional de referencia realizará un diagnóstico social inicial, con el fin de determinar la situación de necesidad.

4. Una vez realizada la valoración y el diagnóstico social inicial, el equipo interdisciplinar de Atención Primaria realizará un diagnóstico en profundidad en el que se determinarán las prestaciones adecuadas para la cobertura de las necesidades detectadas que se recogerá en el Plan de Atención Social.

El PLAN DE ATENCIÓN SOCIAL es la herramienta diseñada para garantizar una adecuada atención acorde con la valoración de la persona, familia o unidad de convivencia, los objetivos alcanzar y los medios disponibles, así como las acciones específicas orientadas a la atención de las necesidades.

El Plan de Atención Social será consensuado con la persona y la unidad familiar. En caso de desacuerdo prevalecerá el criterio técnico en las situaciones de riesgo o de desprotección social y también cuando la opción elegida por la persona atendida no se ajuste a los requisitos establecidos en la norma de aplicación.

El PLAN DE ATENCIÓN SOCIAL será abordado desde el nivel de atención que se esté desarrollando la intervención, y la coordinación del mismo se realizará desde Servicios Sociales de Atención Primaria, cuando la unidad familiar este atendida en cualquiera de las prestaciones de Atención Primaria y además se esté interviniendo complementariamente desde los Servicios Sociales de Atención Especializada.

Los Servicios Sociales de Atención Especializada son responsables de la coordinación de los casos que se atiendan desde las prestaciones que conforman este nivel.

En el caso de las personas que tengan reconocida una situación de dependencia el instrumento para garantizar una adecuada atención, lo constituye el PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN (PIA).

4. PRESTACIONES TÉCNICAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

1. INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN.

Tiene por objeto atender las demandas directas de las personas o instituciones con el fin de darles a conocer los servicios y las prestaciones del Sistema Público de Servicios sociales y Dependencia u otros sistemas de protección social cuando estén en relación con las situaciones de necesidad, autonomía e integración social. Así mismo tiene por objeto realizar una primera orientación sobre dichas demandas para encauzar las adecuadamente.

2. ESTUDIO, VALORACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO

Tiene por objeto evaluar la situación de necesidad social de la persona o unidad familiar en el caso de que se requiera. Para ello se realizará un diagnóstico social que permita la prescripción de las prestaciones y atenciones más adecuadas, con el fin de mejorar o superar dicha situación, y que deberá concretarse en el Plan de Atención Social.

Así mismo, se acompañará a la persona a través de su profesional de referencia, a lo largo del itinerario de intervención, tanto de los Servicios Sociales de Atención Primaria, como de los de Atención Especializada, con el objeto de promover la consecución de los objetivos marcados en el Plan.

3. ATENCIÓN A LA FAMILIA O UNIDAD DE CONVIVENCIA.

Esta prestación se ofrecerá a aquellas personas, familias o unidades de convivencia que tengan dificultades para atender adecuadamente las necesidades básicas de manutención, protección, cuidado, afecto y seguridad de sus miembros.
Para ello se proporcionará desde los servicios sociales, a través del equipo de profesionales:
Refuerzos necesarios, preventivos y promocionales de tipo educativo.
Acompañamiento social, terapéutico o, en su caso, económico, de acuerdo con los requisitos que se establezcan en cada caso para que la persona o unidades familiares puedan atender adecuadamente a sus miembros.
Potenciación de competencias y capacidades, tanto de las personas que tienen responsabilidad de atención de la unidad familiar de la que forma parte, como el resto de sus miembros para que todos ellos contribuyan de forma activa a que la unidad familiar sea el medio que permita que los individuos puedan desenvolverse con autonomía en el entorno comunitario.

4. AYUDA A DOMICILIO

Tiene por objeto atender a situaciones de dependencia ya sean laborales,
económicas, educativas, sanitarias, personales y sociales, que dificulten que la persona o unidad familiar pueda desenvolverse con autonomía en su domicilio y entorno habitual, favoreciendo las condiciones necesarias que hagan posible la permanencia en su medio habitual de convivencia en condiciones adecuadas.

Para ello se proporcionará en el domicilio tanto atención personal, como a las necesidades de la vivienda, así como orientación y estrategias que permitan a la persona y a la unidad familiar adquirir un mayor nivel de autonomía completando siempre la labor de la unidad familiar.

5. TELEASISTENCIA DOMICILIARIA

Tiene por finalidad facilitar la permanencia en el domicilio a las personas que se hallen en situación de vulnerabilidad, ya sea por su situación de dependencia, discapacidad, edad o aislamiento social, mediante la instalación en el domicilio de terminales telefónicos conectados a una central receptora de avisos.

Se trata de un servicio de atención permanente, las 24 horas del día y todos los días del año, prestado a través de telefonía fija o móvil y atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta adecuada a situaciones de emergencia o de necesidad social.

6. PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL ANTE SITUACIONES DE EXCLUSIÓN SOCIAL.

Tiene por objeto potenciar los aprendizajes y habilidades sociales de las personas, familias y grupos que se encuentran en situación o riesgo de exclusión social, para que se puedan desenvolver con autonomía e integrarse en su entorno habitua l y posibilitar el ejercicio de sus derechos en el acceso a otros sistemas como empleo, sanidad, educación y vivienda.

7. FOMENTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL ÁMBITO COMUNITARIO

Tiene por objeto potenciar la implicación y la responsabilidad social de laspersonas y grupos existentes en el entorno comunitario, de modo que sean agentes activos en la generación de alternativas de mejora, colaborando con los servicios sociales. Se trata de una prestación transversal a todas las demás, ya que a través de ella se promueve actitudes favorecedoras de la convivencia ciudadana, afianzando el entorno comunitario como contexto que garantice la continuidad de los cambios conseguidos.

5. EQUIPO TÉCNICO DE INCLUSIÓN SOCIAL.

Desde Enero de 2018 el Ayuntamiento de Pedro Muñoz cuenta en el Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria con un EQUIPO TÉCNICO DE INCLUSIÓN SOCIAL cofinanciado a través del PROGRAMA OPERATIVO REGIONAL FSE 2014-2020 de Castilla La Mancha.

En el marco de la Estrategia Contra La Pobreza y la Desigualdad Social de Castilla La Mancha se definen que los ámbitos de intervención del Equipo Técnico de Inclusión Social son laboral, vivienda, salud, educación, autonomía y capacitación personal, familiar y social.
La intervención del Equipo Técnico de Inclusión Social tiene por objeto:

  • Mejorar la integración sociolaboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados.
  • El desarrollo de habilidades prelaborales que mejoren las condiciones de empleabilidad, en una segunda fase, a través de actividades ocupacionales.

El Equipo Técnico de Inclusión Social está integrado en los Servicios Sociales de Atención Primaria, y por tanto, son contratados por los Ayuntamientos en el marco de los convenios de Plan Concertado o Supramunicipales.

El Equipo Técnico de Inclusión Social lleva a cabo ITINERARIOS INTEGRALES DE INCLUSIÓN con personas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, adaptados a las necesidades específicas de las personas, intensificando la acción en función de su nivel de empleabilidad, fomentando competencias personales, sociales y de empleabilidad. Todo ello a través de acciones de información, asesoramiento, orientación, formación, mediación y acompañamiento a lo largo de todo el proceso de intervención.

El Equipo Técnico de Inclusión Social está integrado por profesionales del ámbito de la Intervención Social y de las Ciencias Sociales, con formación en disciplinas directamente relacionadas con estas competencias profesionales.

6. FONDO SOCIAL EUROPEO

El FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE) es uno de los Fondos Estructurales de la Unión Europea que tiene como finalidad apoyar las medidas de prevención y lucha contra el desempleo, desarrollar los recursos humanos e impulsar la integración social en el mercado de trabajo con objeto de fomentar un elevado nivel de empleo, igualdad, entre mujeres y hombres, un desarrollos sostenible, así como la productividad, el crecimiento económico y la competitividad de la UE
Los objetivos de los PO PSE CLM se han definido en coherencia con las distintas estrategias definidas tanto a nivel europeo, nacional y regional, orientándose a la consecución de los siguientes objetivos estratégicos:

  • Reducir las tasas de desempleo y fomentar la actividad y el empleo entre la población.
  • Estimular y apoyar el autoempleo y el emprendimiento, como medida de creación de empleo.
  • Aumento y mejora de las capacidades y cualificaciones profesionales del capital humano, a través de la mejora de los sistemas de formación y educación.
  • Reducir el abandono escolar prematuro y aumentar el número de personas que cuentan con una titulación de educación secundaria obligatoria.
  • Reducir las desigualdades sociales, mejorar la empleabilidad y aumentar la integración en el mercado laboral.
  • Fomentar la igualdad de oportunidades y la lucha contra la discriminación.

A partir de estos objetivos estratégicos, las actuaciones se ha agrupado en cuatro ejes prioritarios:

  • Eje Prioritario 1: Fomento del empleo sostenible y de calidad y de la movilidad laboral.
  • Eje Prioritario 2: PROMOVER LA INCLUSIÓN SOCIAL, LUCHAR CONTRA LA POBREZA Y CUALQUIER FORMA DE DISCRIMINACIÓN.
  • Eje prioritario 3: Inversión en educación, formación y mejora de las competencias profesionales y el aprendizaje permanente.
  • Eje prioritario 8: Asistencia técnica

El Eje prioritario 2 se ha establecido para dar respuesta a la necesidad de promover y reforzar las actuaciones públicas que fomenten la inclusión social, la lucha contra la pobreza y discriminación en la región, a fin de conseguir de forma global una sociedad y economía regional más inclusiva e integradora.
Tomando como referencia las prioridades de inversión y los objetivos específicos marcados por la UE y el Acuerdo de Asociación:

PRIORIDAD DE INVERSIÓN 9.1.-La inclusión activa, con vistas a fomentar la igualdad de oportunidades, la participación y la mejora de la empleabilidad.

Objetivos específicos:

9.1.1. – Mejorar la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados.
9.1.2. – Aumentar la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social.

PRIORIDAD DE INVERSIÓN 9.1.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS-. LÍNEAS DE ACTUACIÓN

Objetivo específico: Mejorar la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados.

ACTUACIÓN 1.- Creación de Equipos Técnicos de Inclusión, que llevarán a cabo de itinerarios integrales de inclusión con personas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social, adaptados a las necesidades especificas de las personas, intensificando la acción en función de su nivel de empleabilidad, fomentando competencias personales, sociales y de empleabilidad. Todo ello a través de acciones de información, asesoramiento, orientación, formación mediación y acompañamiento a lo largo de todo el proceso de intervención.

Los equipos técnicos de inclusión, estarían integrados por profesionales del ámbito de la intervención social y de las ciencias sociales, con formación en disciplinas directamente relacionadas con esas competencias profesionales.

Según las diferentes necesidades y capacidades de las personas se distinguen dos grupos de personas destinatarias:

• Personas cuya situación de vulnerabilidad es coyuntural: personas que a causa de la crisis económica se encuentran en riesgo de exclusión, tras haber perdido el empleo, agotando prestaciones, sin ingresos económicos, con posible pérdida de vivienda, pero con trayectoria laboral y por tanto su nivel de empleabilidad es mayor. Con la articulación de medidas que mejoren su empleabilidad, tales como, formación, recualificación profesional u orientación y asesoramiento; y un acompañamiento social posibilitaríamos las superaciones de las situaciones de riesgo.

 Personas cuya situación de vulnerabilidad es estructural: estas personas presentan dificultades importantes de empleabilidad a corto y medio plazo, carecen de habilidades sociales y laborales, además presentan niveles de precarización en cuento a salud, vivienda y educación. En este caso, nos situaríamos en una intervención más compleja y a más largo plazo, siendo necesario articular medidas que mejoren las condiciones, así como acciones que desarrollen personas en los ámbitos citados anteriores, así como acciones que desarrollen las habilidades prelaborales que les capacite para una mayor empleabilidad.

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